Perú
JNE prohibe encuestas en segunda vuelta presidencial
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha anunciado una serie de restricciones para la segunda vuelta presidencial. Estas medidas incluyen la inmediata prohibición de la difusión de encuestas con intención de voto, un paso clave en la regulación de la campaña.

Las restricciones entran en vigor este lunes 1 de junio, en el marco del balotaje entre Roberto Sánchez, de Juntos por el Perú, y Keiko Fujimori, de Fuerza Popular. El ente electoral detalló el calendario de medidas destinadas a garantizar la transparencia y el orden durante el proceso.
Calendario de restricciones en la segunda vuelta
La primera medida de impacto se activa desde las 00:00 horas de hoy, prohibiendo la publicación o difusión de encuestas de intención de voto en cualquier medio. Esta disposición busca asegurar que la información que llegue al votante sea veraz. Además, el calendario de medidas establece restricciones progresivas para los días siguientes.
Foto: flickr.com
A partir de las 00:00 horas del viernes 5 de junio, quedarán vetadas las concentraciones y manifestaciones con fines políticos (mitines). Posteriormente, el sábado 6 de junio, se suspenderá cualquier tipo de propaganda electoral. Finalmente, el domingo 7 de junio, día de la votación, habrá una prohibición de reuniones políticas dentro de un radio de 100 metros alrededor de los locales de votación, en un horario de 07:00 a 17:00 horas.
Otro cambio es la implementación de la denominada “ley seca”. Esta restricción entrará en vigor desde las 08:00 horas del sábado 6 de junio, prohibiendo la venta y distribución de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional. La medida permanecerá vigente hasta las 08:00 horas del lunes 8 de junio.
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva severas sanciones. Según la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), la infracción a la prohibición de encuestas puede acarrear una multa que oscila entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que representa montos entre S/ 55.000 y S/ 550.000. Por otro lado, cualquier incumplimiento de la LOE puede resultar en una pena de hasta seis meses de prisión, además de una multa de S/ 3.390.
Estas múltiples medidas, según explicó el JNE, están contempladas en la ley electoral y tienen como finalidad primordial preservar el orden público, asegurar la transparencia del proceso y garantizar que la ciudadanía ejerza su derecho al voto de manera libre durante la Segunda Elección Presidencial.
Video: YouTube · RPP Noticias — JNE define la valla electoral para el Senado en las elecciones 2026 #ROTATIVARPP
Redaccion basada en reportes de La República. Ver fuente original.
Perú
Joel Simon pide al fiscal Gálvez no iniciar proceso penal contra Gorriti por cohecho
Joel Simon, director de la Iniciativa para la Protección del Periodismo en CUNY, dirigió una carta al fiscal de la Nación, Tomás Aladino Gálvez, pidiendo que no se inicie un proceso acusatorio contra Gustavo Gorriti. La petición surge en respuesta a un informe reciente que solicita acción penal por cohecho, lo cual Simon califica como una clara violación a la libertad de prensa.

El llamado de Simon hace referencia directa al informe remitido por el fiscal Edward Casaverde al Ministerio Público el pasado 10 de julio. Dicho documento solicitó autorización para ejercer la acción penal contra Gorriti por presunto delito de cohecho. El periodista, a quien se acusa, ha sido objeto de este proceso que, según Simon, no tiene sustento legal ni periodístico.
«Iniciar un proceso acusatorio a Gustavo Gorriti en represalia por su trabajo periodístico representaría una clara violación a la libertad de prensa»
Simon, quien previamente fue director ejecutivo del Comité para la Protección de Periodistas entre 2006 y 2021, señaló que el informe de Casaverde no solo es conceptualmente débil, sino que también contradice radicalmente lo que este fiscal había ordenado archivar sobre el mismo caso hace menos de un año. Esta inconsistencia ha generado cuestionamientos sobre la motivación detrás del cambio de postura.
Contradicciones y acusaciones en el Ministerio Público
El periodista sugirió que todo indica una irracionalidad peligrosa, entendiendo el proceso actual como una venganza contra los investigadores vinculados al caso Lava Jato. Según su análisis, se está utilizando la desinformación para presentar investigaciones de corrupción público-privada, transformándolas en lo que él denomina un «vulgar trueque de influencias e informaciones».
En el ámbito político, las acusaciones apuntan a fuerzas políticas como protagonistas. Se menciona que los principales actores detrás de la ofensiva desinformadora contra la investigación Lava Jato fueron los investigados de Fuerza Popular, apoyados por una maquinaria aprista. Además, se señala que Keiko Fujimori aplaudió los «testimonios» de Jaime Villanueva e inició una contraofensiva fiscal a través de una denuncia penal.
El análisis periodístico concluye señalando un retorno al control del Ministerio Público por parte de sectores considerados corruptos, reviviendo la situación previa al desencadenamiento de las investigaciones Lava Juez o Cuellos Blancos. El Fiscal de la Nación, Tomás Aladino Gálvez, y otros altos funcionarios han sido mencionados en contextos de destitución y restitución institucional.
La contradicción más palpable se centra en el fiscal Edward Casaverde: hace menos de un año examinó el mismo caso y resolvió declarar que los cargos eran insuficientes, mandando el proceso al archivo. Sin embargo, su informe actual presenta acusaciones sin ningún factor inductivo o evaluación deductiva que respalde el cambio.
El texto fuente también detalla que la fuente de Casaverde para esta nueva acusación depende casi enteramente de los testimonios de Jaime Villanueva. Este mismo testimonio fue la base central de la investigación fiscal previa, material que en su momento fue desestimado y mandado al archivo por el propio fiscal.
A pesar de las críticas, se subraya que el núcleo de la disposición del fiscal Gálvez sigue refiriéndose a la llamada “Operación Valkiria” y a las confesiones de Jaime Villanueva.
Redacción basada en reportes de IDL-Reporteros. Ver fuente original.
Perú
PJ declara inejecutable fallo del TC que anulaba prisión preventiva contra Vladimir Cerrón
El Poder Judicial declaró inejecutable el fallo del Tribunal Constitucional que anulaba la prisión preventiva contra el líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón. La decisión se debe a la vigencia de dos resoluciones judiciales previas que mantienen las medidas coercitivas contra el exgobernador regional de Junín.

El magistrado Leodan Cristóbal Ayala determinó que no es posible ejecutar la sentencia del máximo intérprete de la Constitución debido a que existen mandatos judiciales actuales. Estas resoluciones impiden, en los términos establecidos por el Tribunal Constitucional, levantar la medida cautelar contra el dirigente político.
La investigación contra Cerrón se centra en el presunto financiamiento ilegal de las campañas electorales de su partido entre los años 2008 y 2021. El líder del partido enfrenta actualmente una situación jurídica compleja debido a que, aunque fue absuelto en el caso Aeródromo Wanka, persiste la orden por la investigación de financiamiento ilícito.
El juez precisó que las resoluciones del 4 de diciembre de 2025 y del 7 de enero de 2026 cuentan con autoridad de cosa juzgada. Por este motivo, el Poder Judicial no puede dejarlas sin efecto de manera unilateral debido a las limitaciones establecidas en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Consulta ante el Tribunal Constitucional
Ante la falta de claridad sobre si la sentencia del TC alcanza por conexión a las resoluciones posteriores, el magistrado ordenó elevar una consulta al órgano constitucional. Solo tras recibir dicha aclaración podrá ejecutarse plenamente lo dispuesto por la justicia constitucional respecto a la situación de Vladimir Cerrón.
El líder de Perú Libre permanece en condición de no habido desde el 6 de octubre de 2023, fecha en la que se emitió una orden de captura. A pesar de la revocación de su condena por tres años y seis meses de prisión en marzo pasado, continúa siendo requerido por la justicia debido a la medida cautelar vigente.
Foto: flickr.com
Redacción basada en reportes de Perú21. Ver fuente original.
Perú
Aumenta la ola de robos en familias damnificadas por sismo en Junín
Tras el sismo de magnitud 5.1 en la región Junín, las familias damnificadas han reportado un aumento preocupante de los robos. Los pobladores alertan que los hurtos se están dirigiendo a pertenencias de quienes viven en condiciones precarias tras los recientes robos damnificados Junín.

La situación de emergencia en la región es crítica, pues decenas de personas han quedado alojadas en carpas. Esto ocurre principalmente en el distrito de Chongos Bajo, donde las viviendas resultaron inhabitables a causa del movimiento telúrico y por temor a nuevas réplicas sísmicas.
Aumento de robos tras sismo en Junín
Los damnificados han señalado que los actos delictivos se están llevando a cabo durante las noches y madrugadas, aprovechando el momento en que los inmuebles permanecen desocupados. Los delincuentes ingresan a las viviendas dañadas para sustraer bienes de primera necesidad.
Entre los productos robados figuran víveres básicos como maíz, además de animales de corral, específicamente gallinas. Este saqueo agrava significativamente la ya difícil situación económica y material que enfrentan las familias afectadas por el desastre natural.
Ante este incremento delictivo, los pobladores han solicitado formalmente el despliegue inmediato de efectivos de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas. El objetivo es reforzar la seguridad en las zonas más golpeadas para prevenir nuevos actos criminales.

Foto: commons.wikimedia.org
Mientras tanto, brigadas especializadas de Defensa Civil continúan con labores esenciales de empadronamiento de las familias damnificadas. Este proceso es fundamental para organizar y garantizar una distribución ordenada de ayuda humanitaria a todos los afectados por el sismo.
Foto: commons.wikimedia.org
Redacción basada en reportes de Perú21. Ver fuente original.













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