Perú
JNE decide no aplicar la ley que reducía valla electoral en Perú
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) acordó inaplicar la Ley N.º 32657, que había reducido la valla electoral de regiones del 50% al 30%. Esta decisión, oficializada el 5 de septiembre, evita que los partidos políticos pierdan su inscripción en las próximas elecciones regionales y municipales del 4 de octubre.

El Pleno del JNE determinó que la ley, promulgada por el último Congreso de la República el 15 de junio, no será aplicable en el proceso electoral en curso. La inaplicación se debe a que la norma fue oficializada después de que ya se hubieran desarrollado las elecciones primarias, realizadas los días 17 y 24 de mayo del año en curso.
El colegiado argumentó que la cancelación de las organizaciones políticas debe realizarse conforme a la ley, sin obviar la interpretación sistemática del marco normativo vigente. En este sentido, el JNE enfatizó que la aplicación de las causales de cancelación debe atender la vigencia y la etapa del proceso electoral.
Argumentos de seguridad jurídica y preclusión

Foto: www.exitosanoticias.pe
La institución señaló que desconocer que el número de circunscripciones en las que las organizaciones políticas decidieron participar quedó definido con la realización de las elecciones primarias, lo que implicaría alterar una situación jurídica ya configurada. Este proceso, según el JNE, afectaría principios fundamentales como la igualdad, la seguridad jurídica, la intangibilidad de las normas, la preclusión y la no retroactividad de las leyes.
«Desconocer que el número de circunscripciones en las que las organizaciones políticas decidieron participar, significaría alterar una situación jurídica configurada bajo las reglas vigentes en dicha etapa del proceso electoral, lo que supondría una afectación de los principios de igualdad, seguridad jurídica, intangibilidad de las normas, preclusión y no retroactividad de las leyes»
A pesar de la decisión mayoritaria, el magistrado Gunther Gonzales Barrón votó en minoría. El tribuno discrepó de la postura, pues consideró que la aplicación de la ley requiere un análisis en cada caso concreto.
Por otro lado, el presidente del JNE, Roberto Burneo, aprovechó la ocasión para aclarar la situación de los alcaldes en funciones. Burneo indicó que no existe ninguna «modalidad» de reelección encubierta, señalando que no hay prohibición expresa en la Constitución y la ley respecto a que un alcalde en ejercicio pueda participar como regidor.
Finalmente, se recordó que el padrón electoral cuenta con 26,314,724 electores hábiles para la jornada de elección de nuevas autoridades regionales y municipales.
Redacción basada en reportes de Exitosa Noticias. Ver fuente original.
Perú
ONPE extiende plazo para reporte de gastos de campaña hasta el 18 de setiembre
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) extendió el plazo para que los candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026 presenten su información financiera. El nuevo plazo para el reporte de gastos de campaña ONPE se fijó hasta el viernes 18 de setiembre.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución Gerencial N.° 000012-2026-GSFP/ONPE, la cual otorga siete días adicionales a los actores políticos que participaban en el proceso. Esta prórroga permite que las organizaciones políticas y candidatos ajusten sus registros antes de la fecha límite establecida por el organismo electoral.
La primera entrega de información financiera debe cubrir los aportes, ingresos y gastos registrados entre el 7 de enero y el 5 de setiembre. Este periodo comprende los 30 días previos a la jornada electoral, tiempo en el cual se contabilizan las actividades de campaña y la captación de recursos.
Los actores pueden presentar la documentación de manera digital a través del portal de financiamiento CLARIDAD de la ONPE. También está permitida la entrega física en la sede central, en las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) o en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE).
Requisitos y formatos de reporte
Los partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales deben utilizar el formato 5 para declarar aportes e ingresos, mientras que el formato 6 se emplea para informar los gastos. Por su parte, los candidatos individuales deben emplear el formato 7 para sus ingresos y el formato 8 para sus gastos de campaña.
En el caso de los candidatos que cuenten con un responsable de campaña, la designación de este debe ser comunicada formalmente a través del formato 14. Una misma persona puede asumir esta responsabilidad para varios candidatos, facilitando la gestión de los reportes ante la autoridad electoral.
La información puede ser presentada directamente por el candidato o por su responsable de campaña designado. El cumplimiento de estos requisitos es fundamental para garantizar la transparencia en el financiamiento de las próximas elecciones regionales y municipales.
Redacción basada en reportes de Gestión. Ver fuente original.
Perú
Oposición peruana exige modificar facultades legislativas del Ejecutivo
Las bancadas de oposición solicitaron al presidente del Gabinete Ministerial, Luis Galarreta, la modificación del pedido de facultades legislativas para concentrarlo exclusivamente en seguridad ciudadana, gestión de riesgos de desastres y atención ante el Fenómeno El Niño.

Los voceros de Juntos por el Perú, Obras y Ahora Nación enviaron un oficio formal exigiendo que el Ejecutivo retire del proyecto original aquellos temas que generan mayor controversia. El objetivo es priorizar materias que cuentan con un mayor consenso ciudadano y responden a necesidades urgentes del país.
La oposición manifestó su preocupación por las declaraciones de los senadores oficialistas Martha Chávez y Carlos Mesía sobre la posible reincorporación de temas descartados por la Cámara de Diputados. Los parlamentarios advirtieron que dicha acción podría contravinir las reglas que regulan el procedimiento legislativo bicameral.
De acuerdo con el oficio, las iniciativas del Ejecutivo para solicitar facultades son competencia de la Cámara de Diputados. Si bien el Senado puede modificar las propuestas aprobadas por esta cámara, los voceros sostienen que no puede incorporar materias distintas de aquellas enviadas originalmente por la cámara de origen.
Exigencia de respeto a las reglas bicamerales

Foto: commons.wikimedia.org
El documento técnico cita el artículo 104 de la Constitución, referido a la delegación de facultades legislativas sobre materias específicas, además de las disposiciones del Reglamento del Congreso y del Reglamento del Senado. Los parlamentarios enfatizaron que el Ejecutivo debe formular un nuevo texto que respete los fueros de ambas cámaras para garantizar la validez de la norma.
En el marco de su bloque de oposición democrática, los parlamentarios expresaron su intención de que el Gobierno salga del entrampamiento actual. El objetivo es asegurar que el proceso legislativo se ajuste estrictamente a la normativa vigente antes de proceder con la votación.
Redacción basada en reportes de Gestión. Ver fuente original.
Perú
APCI articula US$ 1.8 millones de cooperación de Corea para fortalecer resiliencia climática en zonas rurales
La APCI articuló US$ 1.8 millones en cooperación de Corea del Sur para fortalecer la gestión de riesgos en zonas rurales. Esta iniciativa busca mejorar los servicios nacionales de información climática, vital para la resiliencia de las comunidades ante fenómenos meteorológicos extremos.

El convenio se enmarca en el proyecto denominado “Mejora de los Servicios Nacionales de Información Climática para Fortalecer la Resiliencia de las Comunidades Rurales en el Perú”. Este esfuerzo busca proporcionar información climática de alta calidad directamente a poblaciones rurales que son particularmente vulnerables a los efectos del cambio climático.
Para la ejecución del proyecto participaron la directora ejecutiva de la APCI, María Soledad Garagorri; la jefa (e) del Senamhi, Grinia Ávalos; y el director País de la Oficina de KOICA en el Perú, Jeongwook Lee. Los actores se coordinarán para establecer mecanismos de colaboración y comunicación que permitan fortalecer la respuesta de las comunidades locales.
Fortaleciendo la resiliencia con cooperación climática APCI
La meta principal de la cooperación es reducir los impactos generados por fenómenos meteorológicos extremos. Además de la información, la iniciativa contempla el desarrollo de capacidades técnicas específicas para el Senamhi, fortaleciendo su capacidad operativa a nivel nacional.
La ejecución de este ambicioso plan de mejora de servicios se ha programado para extenderse hasta el 31 de diciembre de 2027. Con estos fondos, se espera que el país pueda contar con herramientas más robustas para la toma de decisiones en materia de gestión de riesgos.
Cabe recordar que la cooperación de KOICA con el Perú no es un esfuerzo nuevo. Esta colaboración se remonta al año 2000 y ha evolucionado significativamente. Inicialmente, el apoyo se centró en el envío de voluntarios y el respaldo a la infraestructura pública, para luego orientarse hacia proyectos más integrales de fortalecimiento institucional y mejora de servicios públicos.
Redacción basada en reportes de El Peruano. Ver fuente original.
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