Perú
Rospigliosi promulga ley que modifica códigos penal y procesal para policías y militares en Perú
El presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi Capurro, promulgó el 20 de julio de 2026 una ley que modifica los códigos penal militar y procesal. Esta normativa permite que tanto policías como militares sean juzgados en su fuero correspondiente por delitos considerados de función.

La nueva legislación modifica formalmente el Código Penal Militar Policial (Decreto Legislativo 1094) y el Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957). La promulgación se concretó después de que la propuesta legislativa, aprobada en segunda votación el pasado 23 de junio con 52 votos, fuera enviada al Ejecutivo sin respuesta presidencial.
Alcance del fuero militar-policial
De acuerdo con lo aprobado por la representación parlamentaria, se establece que los miembros de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas serán juzgados en el ámbito militar-policial si cometen un delito tipificado como «delito de función». Este cambio busca fortalecer la función policial y militar al tiempo que endurece el tratamiento legal sobre acciones ilícitas.
Foto: es.wikipedia.org
Para el personal militar, se define el delito de función como toda conducta ilegal que ocurra durante las acciones militares destinadas a mantener o restablecer el orden interno. Esto aplica también cuando cumplen otras funciones legalmente establecidas en el marco de un estado de emergencia.
Por su parte, la Policía Nacional debe responder ante actos ilícitos cometidos al cumplir con sus atribuciones fundamentales. Estas incluyen la prevención e investigación del delito, el control de identidad y las labores de inteligencia policial. Asimismo, abarca desde la fiscalización en normas de tránsito hasta el control de fronteras.
La ley también establece un mecanismo crucial para evitar duplicidades judiciales: no podrán seguirse procesos penales simultáneamente ni en la jurisdicción ordinaria ni en la militar-policial si los hechos o sujetos investigados son idénticos. Este artículo busca garantizar que el proceso judicial sea único y coherente.
El texto base señala que, tras su aprobación legislativa en junio pasado, la propuesta había sido remitida al Poder Ejecutivo para una eventual promulgación u observación dentro del plazo constitucional de quince días. Al no recibir respuesta por parte del presidente José María Balcázar, el Congreso procedió a promulgar la ley utilizando las facultades conferidas por el artículo 108 de la Constitución Política y el artículo 80 del Reglamento del Congreso.
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Esta nueva normativa representa un cambio al permitir que los miembros de ambas instituciones sean juzgados en sus respectivos fueros, lo cual busca mejorar la respuesta penal ante el mal accionar policial o militar. La medida se considera un esfuerzo por precisar el concepto de delito dentro de las funciones estatales.
Redacción basada en reportes de Exitosa Noticias. Ver fuente original.
Perú
ONPE extiende plazo para reporte de gastos de campaña hasta el 18 de setiembre
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) extendió el plazo para que los candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026 presenten su información financiera. El nuevo plazo para el reporte de gastos de campaña ONPE se fijó hasta el viernes 18 de setiembre.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución Gerencial N.° 000012-2026-GSFP/ONPE, la cual otorga siete días adicionales a los actores políticos que participaban en el proceso. Esta prórroga permite que las organizaciones políticas y candidatos ajusten sus registros antes de la fecha límite establecida por el organismo electoral.
La primera entrega de información financiera debe cubrir los aportes, ingresos y gastos registrados entre el 7 de enero y el 5 de setiembre. Este periodo comprende los 30 días previos a la jornada electoral, tiempo en el cual se contabilizan las actividades de campaña y la captación de recursos.
Los actores pueden presentar la documentación de manera digital a través del portal de financiamiento CLARIDAD de la ONPE. También está permitida la entrega física en la sede central, en las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) o en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE).
Requisitos y formatos de reporte
Los partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales deben utilizar el formato 5 para declarar aportes e ingresos, mientras que el formato 6 se emplea para informar los gastos. Por su parte, los candidatos individuales deben emplear el formato 7 para sus ingresos y el formato 8 para sus gastos de campaña.
En el caso de los candidatos que cuenten con un responsable de campaña, la designación de este debe ser comunicada formalmente a través del formato 14. Una misma persona puede asumir esta responsabilidad para varios candidatos, facilitando la gestión de los reportes ante la autoridad electoral.
La información puede ser presentada directamente por el candidato o por su responsable de campaña designado. El cumplimiento de estos requisitos es fundamental para garantizar la transparencia en el financiamiento de las próximas elecciones regionales y municipales.
Redacción basada en reportes de Gestión. Ver fuente original.
Perú
Oposición peruana exige modificar facultades legislativas del Ejecutivo
Las bancadas de oposición solicitaron al presidente del Gabinete Ministerial, Luis Galarreta, la modificación del pedido de facultades legislativas para concentrarlo exclusivamente en seguridad ciudadana, gestión de riesgos de desastres y atención ante el Fenómeno El Niño.

Los voceros de Juntos por el Perú, Obras y Ahora Nación enviaron un oficio formal exigiendo que el Ejecutivo retire del proyecto original aquellos temas que generan mayor controversia. El objetivo es priorizar materias que cuentan con un mayor consenso ciudadano y responden a necesidades urgentes del país.
La oposición manifestó su preocupación por las declaraciones de los senadores oficialistas Martha Chávez y Carlos Mesía sobre la posible reincorporación de temas descartados por la Cámara de Diputados. Los parlamentarios advirtieron que dicha acción podría contravinir las reglas que regulan el procedimiento legislativo bicameral.
De acuerdo con el oficio, las iniciativas del Ejecutivo para solicitar facultades son competencia de la Cámara de Diputados. Si bien el Senado puede modificar las propuestas aprobadas por esta cámara, los voceros sostienen que no puede incorporar materias distintas de aquellas enviadas originalmente por la cámara de origen.
Exigencia de respeto a las reglas bicamerales

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El documento técnico cita el artículo 104 de la Constitución, referido a la delegación de facultades legislativas sobre materias específicas, además de las disposiciones del Reglamento del Congreso y del Reglamento del Senado. Los parlamentarios enfatizaron que el Ejecutivo debe formular un nuevo texto que respete los fueros de ambas cámaras para garantizar la validez de la norma.
En el marco de su bloque de oposición democrática, los parlamentarios expresaron su intención de que el Gobierno salga del entrampamiento actual. El objetivo es asegurar que el proceso legislativo se ajuste estrictamente a la normativa vigente antes de proceder con la votación.
Redacción basada en reportes de Gestión. Ver fuente original.
Perú
APCI articula US$ 1.8 millones de cooperación de Corea para fortalecer resiliencia climática en zonas rurales
La APCI articuló US$ 1.8 millones en cooperación de Corea del Sur para fortalecer la gestión de riesgos en zonas rurales. Esta iniciativa busca mejorar los servicios nacionales de información climática, vital para la resiliencia de las comunidades ante fenómenos meteorológicos extremos.

El convenio se enmarca en el proyecto denominado “Mejora de los Servicios Nacionales de Información Climática para Fortalecer la Resiliencia de las Comunidades Rurales en el Perú”. Este esfuerzo busca proporcionar información climática de alta calidad directamente a poblaciones rurales que son particularmente vulnerables a los efectos del cambio climático.
Para la ejecución del proyecto participaron la directora ejecutiva de la APCI, María Soledad Garagorri; la jefa (e) del Senamhi, Grinia Ávalos; y el director País de la Oficina de KOICA en el Perú, Jeongwook Lee. Los actores se coordinarán para establecer mecanismos de colaboración y comunicación que permitan fortalecer la respuesta de las comunidades locales.
Fortaleciendo la resiliencia con cooperación climática APCI
La meta principal de la cooperación es reducir los impactos generados por fenómenos meteorológicos extremos. Además de la información, la iniciativa contempla el desarrollo de capacidades técnicas específicas para el Senamhi, fortaleciendo su capacidad operativa a nivel nacional.
La ejecución de este ambicioso plan de mejora de servicios se ha programado para extenderse hasta el 31 de diciembre de 2027. Con estos fondos, se espera que el país pueda contar con herramientas más robustas para la toma de decisiones en materia de gestión de riesgos.
Cabe recordar que la cooperación de KOICA con el Perú no es un esfuerzo nuevo. Esta colaboración se remonta al año 2000 y ha evolucionado significativamente. Inicialmente, el apoyo se centró en el envío de voluntarios y el respaldo a la infraestructura pública, para luego orientarse hacia proyectos más integrales de fortalecimiento institucional y mejora de servicios públicos.
Redacción basada en reportes de El Peruano. Ver fuente original.














