Perú

Indecopi declara barreras burocráticas restricciones a venta de bebidas alcohólicas en Lima

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Indecopi) declaró como barreras burocráticas la imposición de horarios restrictivos para la venta de bebidas alcohólicas. La decisión pone un límite a las municipalidades que intentan regular el comercio local sin contar con sustento técnico.

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Una persona abre una botella de cerveza, ilustrando la venta de bebidas alcohólicas sin restricciones de horario. Foto de: Gestión

La controversia surgió tras una denuncia presentada por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), la cual cuestionó ante Indecopi los límites horarios fijados por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) para la comercialización de bebidas alcohólicas en el Cercado de Lima y gran parte de Lima Metropolitana. Este análisis burocrático también incluyó las restricciones sobre el funcionamiento de discotecas y establecimientos similares.

Al resolver el caso, Indecopi reconoció que los gobiernos locales sí tienen competencia para regular estas materias. Sin embargo, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas precisó que dicha facultad no exime a las municipalidades de justificar legalmente sus medidas. En este sentido, se determinó que la MML no logró acreditar cuál era el problema concreto que buscaba solucionar ni presentó evidencia objetiva.

La exigencia de prueba técnica para regulaciones locales

En consecuencia, Indecopi confirmó su resolución inicial y declaró carentes de razonabilidad todas las restricciones horarias. El organismo no eliminó la facultad regulatoria de los gobiernos locales; solo exige que cualquier limitación esté sustentada en evidencia objetiva y cumpla con criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.

«El principal aporte de la resolución no radicó en el resultado del caso, sino en el estándar que fijó para las futuras regulaciones municipales. Las municipalidades ya no podrán sustentar este tipo de medidas únicamente en argumentos generales sobre seguridad o tranquilidad pública»

Jesús Espinoza, exdirector del Indecopi y socio del estudio Muñiz, explicó que ahora los gobiernos locales deben acreditar con evidencia objetiva—como estadísticas, reportes o estudios—que existe un problema público real. Por su parte, Alfredo Lindley-Russo, abogado de GLR Abogados, señaló que este criterio obliga a fortalecer el proceso de elaboración de las ordenanzas.

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Lindley-Russo aclaró una distinción clave: mientras los distritos pueden regular horarios para ciertos establecimientos, la fijación de límites para la comercialización de bebidas alcohólicas corresponde a las municipalidades provinciales. Por ello, los gobiernos distritales solo deberían fiscalizar el cumplimiento de esas disposiciones y no establecer sus propios horarios.

El impacto práctico afecta principalmente a bodegas, minimarkets o supermercados que tienen licencias con horarios amplios, pero cuya limitación principal era la venta de bebidas alcohólicas. Los especialistas advirtieron que los negocios deben verificar las condiciones de su licencia de funcionamiento y, si es necesario, solicitar una actualización antes de modificar sus horarios de atención.


Redacción basada en reportes de Gestión. Ver fuente original.

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