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JNE revoca credencial de López Aliaga y nombra a Vásquez Villanueva

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó sin efecto la credencial de Rafael Bernardo López Aliaga Cazorla, senador electo para el periodo 2026-2031. Esta medida se produce tras la comunicación del político de que no asumiría ni juramentaría el cargo, generando un vacío legal y forzando una revisión sobre los procedimientos parlamentarios.

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Un hombre en una conferencia de prensa es retratado durante la noticia sobre la revocación de credenciales del senador ante el JNE. Foto de: Perú21

La decisión fue adoptada por mayoría mediante la Resolución N.° 1757-2026-JNE. El pronunciamiento se emitió después de que el Congreso de la República solicitara al máximo organismo electoral resolver la situación generada por la negativa voluntaria e irrevocable del legislador a incorporarse al pleno.

Ante este escenario, el JNE tuvo que analizar las consecuencias jurídicas de la ausencia. Aunque el artículo 95 de la Constitución Política establece que el mandato legislativo es irrenunciable, el tribunal electoral precisó diferenciar entre tres etapas: la proclamación del candidato electo, el proceso formal de incorporación al Congreso y el inicio efectivo del mandato.

«La competencia del JNE no se agota con la proclamación de resultados cuando subsisten controversias estrictamente electorales, cuya resolución resulta indispensable para asegurar la plena eficacia de la voluntad popular y la continuidad de la representación política»

Foto de archivo: Rafael López Aliaga durante un acto público
Foto: es.wikipedia.org

Mecanismo de reemplazo en el Congreso

El organismo electoral determinó que, al no haber completado su incorporación, el mandato de López Aliaga nunca se constituyó plenamente. Por ello, para garantizar la plena representación obtenida por Renovación Popular, el JNE convocó a Absalón Vásquez Villanueva.

Vásquez fue designado como accesitario y asumió el escaño de senador del Congreso de la República durante el periodo 2026-2031. Su elección se debe a que continuó en el orden de prelación de votación preferencial dentro de la misma lista, permitiendo completar así la representación política proclamada.

Debido al vacío normativo identificado por este caso excepcional, el Pleno del JNE dispuso una acción correctiva. Se ha solicitado a la Oficina General de Asesoría Jurídica que prepare un proyecto de ley destinado a regular los casos en que cualquier persona elegida manifieste su negativa a juramentar o ejercer el cargo antes de la instalación oficial del Congreso.

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La resolución aclaró que esta interpretación no cuestiona al artículo 95 constitucional ni establece una regla general para renunciar al cargo, sino que responde jurídicamente a una situación inédita y sin previsión legislativa expresa. La medida se formalizó el sábado 18 de julio de 2026.


Redacción basada en reportes de Perú21. Ver fuente original.

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