Perú
Docentes y auxiliares recibirán bono extraordinario de S/487 en Lima y regiones
Los docentes y auxiliares de educación recibirán una bonificación extraordinaria de S/ 487 por única vez durante el año fiscal 2026. La medida, autorizada mediante la Ley N.° 32732, busca financiar servicios públicos esenciales en Lima Metropolitana y los gobiernos regionales.
La bonificación excepcional fue establecida por el artículo 6 de la Ley N.° 32732, que aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Inversiones Públicas Orientadas al Brechas. Este beneficio alcanza a todo el personal docente y auxiliar nombrado o contratado en instituciones educativas públicas.
¿Quiénes recibirán el bono docentes S487?
La medida cubre específicamente a los profesionales comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.° 29944), así como a quienes laboran bajo las leyes N.° 30328 y N.° 30493. El alcance es amplio, incluyendo instituciones educativas de educación básica y técnico-productiva tanto en Lima Metropolitana como en los gobiernos regionales.
Foto: commons.wikimedia.org
Asimismo, la norma amplía su cobertura a los docentes que trabajan en colegios administrados por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior. Estas entidades serán responsables de ejecutar el pago del beneficio junto con el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales.
Para hacer posible este desembolso, se autorizó un presupuesto máximo de hasta S/ 211 millones 823 mil 085. La Ley N.° 32732 indica que estas entidades quedan exceptuadas de las restricciones presupuestarias del Sector Público para el Año Fiscal 2026, garantizando la ejecución del pago.
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Para acceder a esta bonificación extraordinaria, es indispensable mantener un vínculo laboral vigente al momento del pago. Además, los trabajadores deben haber estado registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) hasta el 31 de diciembre de 2024.
Es fundamental precisar que esta bonificación tendrá carácter excepcional y se entregará por única vez. El beneficio no tiene naturaleza remunerativa ni pensionable, lo que significa que no estará sujeta a cargas sociales ni servirá como base para el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) u otros beneficios laborales.
El monto total del bono será distribuido en las distintas regiones del país. El pago se realizará directamente a través de una sola entidad pública, cumpliendo con los requisitos de registro y vigencia laboral establecidos por el Ejecutivo.
Redacción basada en reportes de El Tiempo Piura. Ver fuente original.