Perú

Contrataciones de EsSalud Arequipa retrasan conformidad de órdenes de compra

Seis órdenes de compra de mobiliario general, emitidas en 2024, figuran con un estado de conformidad retrasada en EsSalud Arequipa. La Contraloría General de la República advirtió esta irregularidad, señalando que el área de contrataciones no actualizó los registros a tiempo, afectando la transparencia de las adquisiciones.

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Fachada del Hospital III Yanahuara en Arequipa, donde se reportan irregularidades en la conformidad de compras de EsSalud. Foto de: El Búho

El informe de acción de oficio posterior, identificado con el N° 11115-2026-CG/GRAR-AOP y fechado el 10 de agosto de 2026, detalla que las órdenes de compra corresponden al catálogo EXT-CE-2023-11 Mobiliario General. Estas adquisiciones, que superan los S/ 92 mil, fueron generadas el 13 de agosto de 2024.

A pesar del tiempo transcurrido, las compras siguen registradas con el estado «ENTREGADA C/CONFORMIDAD RETRASADA» en la herramienta pública de consulta. La Contraloría señala que la normativa vigente establece un plazo máximo de diez días calendario para que las entidades registren la conformidad de los bienes, contados desde el día siguiente de la recepción.

Incumplimiento y responsabilidades en las contrataciones EsSalud Arequipa

Según el informe, el órgano encargado de las contrataciones de EsSalud Arequipa no cumplió con la actualización reglamentaria dentro del plazo establecido. Esta omisión afecta directamente la eficiencia y el adecuado ejercicio de supervisión en el proceso de contratación pública.

Entre los bienes adquiridos se incluyen sillas de diversos tipos y materiales, como estructuras metálicas, de polipropileno, giratorias y de aluminio. Los contratos se formalizaron por montos que oscilan entre los S/ 1 500 y los S/ 34 759, dependiendo del lote y las características del mobiliario.

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La Contraloría advierte que esta falta de actualización afecta la transparencia y el control. El informe fue notificado al Gerente de la Red Asistencial Arequipa de EsSalud, Pedro Antonio Torres Eguiluz, quien cuenta con un plazo de veinte días hábiles para presentar un Plan de Acción ante el Órgano de Control Institucional.

La Acción de Oficio Posterior se originó a partir de una comunicación de la Dirección de Compras Electrónicas y Modalidades Eficientes de Perú Compras, entidad que informó al servicio de control sobre el retraso en el otorgamiento de la conformidad a los proveedores.

La Directiva N° 006-2021-PERÚ COMPRAS establece que las entidades contratantes son directamente responsables por las acciones e inacciones derivadas del uso de los catálogos electrónicos. Asimismo, la normativa exige que el titular de la entidad disponga el inicio de acciones ante cualquier incumplimiento, como el retraso en el otorgamiento de la conformidad.

La Contraloría recomienda adoptar acciones inmediatas para garantizar que los estados de las órdenes de compra reflejen fielmente la ejecución real de los contratos. El servicio de control no programado se encuentra registrado en el Sistema de Control Gubernamental con orden de servicio N° 01-L470-2026-010.


Redacción basada en reportes de El Búho. Ver fuente original.

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